DEFINICIÓN: (Diccionario de la Lengua Española) 1.- Serie ordenada de escrituras matrices y otros documentos que un notario o escribano autoriza y custodia con ciertas formalidades.
2.- Acta o cuaderno de actas relativas a un acuerdo, conferencia o congreso diplomático.
3.- Regla ceremonial diplomática o palatina establecida por decreto o por costumbre.
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